Código ético de Meroil

Nuestro Código Ético (en adelante, también llamado el “Código”) describe los valores y principios que todos los empleados de MEROIL, S.A., en adelante “MEROIL”, deben respetar y cumplir.

Nuestro Código describe cómo actuamos como empleados y cómo hacemos negocios.

Es responsabilidad de todos los empleados de MEROIL conocer el contenido del Código. 

NUESTROS PRINCIPIOS

En MEROIL, los principios éticos constituyen una parte significativa de la manera en la que realizamos nuestro trabajo.

En nuestras actividades comerciales y relaciones laborales:

  • Asumimos el desarrollo de nuestras funciones con interés y responsabilidad.
  • Cumplimos con las leyes aplicables.
  • Evitamos incurrir en conflicto de interés.
  • No tienen cabida actitudes discriminatorias por razón alguna.

El cumplimiento de las leyes es una obligación ineludible para MEROIL. Todo el personal afectado por el Código debe respetar la legalidad vigente, evitando conductas que, aun no violando la legalidad, contravengan los valores, principios y comportamientos éticos establecidos en este Código.

EN EL TRABAJO

Las personas que trabajan en MEROIL constituyen uno de nuestros pilares básicos.

  • Lugar de trabajo:

MEROIL ofrece a sus empleados un entorno de trabajo seguro y saludable. Cada uno de los empleados es responsable de contribuir a ello.

  • Desarrollo profesional:

MEROIL promueve el desarrollo personal y profesional de sus empleados, así como velará por la conciliación de su vida personal y laboral.

Actuamos siempre de manera respetuosa con todas las personas con las que interactuamos en el trabajo.

  • Contra la discriminación:

Garantizamos que no exista, en el entorno laboral, ningún tipo de actitudes discriminatorias por razón de sexo, origen étnico, religión, edad u orientación sexual, así como situaciones de acoso.  

  • Seguridad y salud:

Cumplimos la legislación vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo.

  • Activos de la empresa:

Todo el personal afectado por el presente Código queda obligado a utilizar los bienes puestos a su disposición, para el desempeño de su actividad profesional, de manera adecuada y diligente, evitando un mal uso que pueda producir un daño en los mismos.

Esto aplica tanto a los activos físicos (tales como ordenadores, móviles y vehículos) como a la propiedad intelectual y/o industrial.

  • Registros y Libros:

Todos nuestros registros financieros/contables son precisos y las transacciones se registran de forma transparente de acuerdo con las prácticas contables de MEROIL.

  • Privacidad:

Garantizamos el derecho a la intimidad y privacidad de todos nuestros empleados.

  • Redes Sociales:

Todos los empleados harán un uso adecuado de las redes sociales, absteniéndose de difundir información, realizar manifestaciones, utilizar expresiones o mostrar imágenes a través de las mismas que puedan afectar de cualquier modo al prestigio y reputación de MEROIL, o que puedan menoscabar o atentar contra el honor de sus profesionales o de terceros en general.

  • Confidencialidad y protección de datos:

Las personas afectadas por el presente Código deberán abstenerse de revelar información privilegiada a terceros, incluidos sus amigos y familiares.

La información confidencial es cualquiera que no sea pública. Debemos proteger proactivamente la información confidencial.

Queda prohibido, comunicar, revelar o utilizar en beneficio propio o ajeno cualquier dato o información que hubiese sido obtenido con ocasión del desempeño de su actividad profesional.

  • Viajes:

Durante los viajes de negocio, representamos a MEROIL y, por lo tanto, no podemos realizar actividades ilegales o inapropiadas que puedan dañar la reputación de MEROIL.

Al viajar protegeremos los activos y la información de MEROIL que está en nuestro poder, adoptando las precauciones apropiadas al trabajar en áreas públicas.

RELACIONES CON EL MERCADO 

  • Competencia justa:

MEROIL, fomentará el libre mercado y la competencia entre los distintos operadores del sector conforme a lo previsto en la legislación aplicable, estableciendo controles internos con el objetivo de prevenir prácticas anticompetitivas.

La violación de las normativas y leyes antimonopolio puede dañar gravemente la reputación de MEROIL, generar multas importantes y dar lugar a responsabilidad civil y penal contra los empleados involucrados.

  • Productos:

MEROIL garantiza que los productos que suministra cumplen todos los requisitos exigidos por la legislación en materia de calidad, conservación y distribución.

MEROIL tiene implementados diversos procedimientos de control externo e interno, que son de obligado cumplimiento por parte de todos los empleados y objeto de actualización constante por parte de los responsables.

  • Marketing:

Respetamos la normativa sobre los productos y las leyes de marketing aplicables.

Nuestras actividades de marketing, publicidad, ventas y promoción son honestas.

  • Conflictos de intereses:

Nuestros empleados actúan y toman sus decisiones con el único y mejor interés de MEROIL.

Se debe evitar cualquier escenario que conlleve un conflicto entre las responsabilidades que emanan del trabajo que se desarrolla en MEROIL y los intereses personales, debiendo, las personas afectadas por este Código, abstenerse de intervenir en la toma de decisiones de aquellas situaciones en las que directa o indirectamente se vean afectadas.

  • Anti-soborno y corrupción:

Nuestros empleados no solicitarán ni ofrecerán ninguna ventaja personal no justificada.

  • Proveedores:

MEROIL se relacionará con los proveedores de bienes y servicios de forma ética y lícita.

Como muestra de su compromiso, se han implantado mecanismos que favorecen la objetividad en su selección y se da seguimiento a fin de que cumplan con los estándares de calidad exigidos. 

EN LA SOCIEDAD 

  • Derechos humanos:

Apoyamos y respetamos los derechos humanos reconocidos internacionalmente.

No toleramos ninguna forma de trabajo forzoso.

  • Trabajo infantil:

MEROIL no acepta el trabajo infantil y comparte el objetivo de abolir efectivamente el trabajo infantil, entendido como trabajo que es peligroso para la salud, la seguridad o la moralidad de los niños, o trabajo que interfiere con la educación obligatoria o para el cual los niños son simplemente demasiado jóvenes.

MEROIL no contratará a ningún menor que no haya finalizado la escolaridad mínima obligatoria y, en ningún caso, a ninguna persona menor de 15 años tal y como se prevé en el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

  • Medioambiente:

MEROIL actúa en todo momento de manera responsable con el medioambiente y respeta la legislación aplicable.

  • Blanqueo de capitales:

MEROIL cumple con las leyes nacionales e internacionales contra el blanqueo de capitales.

Nuestros empleados adoptan las medidas necesarias para evaluar la integridad de nuestros socios comerciales y asegurarse que no participan en actividades ilegítimas.  

SEGUIMIENTO DEL CÓDIGO ÉTICO

Todos los empleados de MEROIL tienen la obligación de conocer, cumplir y contribuir al cumplimiento del Código.

Cualquier incumplimiento del presente Código que se observe deberá ser comunicado, bajo garantía de confidencialidad, al órgano de administración de MEROIL.

VULNERACIÓN O INCUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO

Sin perjuicio de aquellas otras responsabilidades que pudieran derivarse, la vulneración o incumplimiento del Código será sancionada conforme al convenio colectivo o a la normativa laboral vigente.

ENTRADA EN VIGOR Y ACTUALIZACIÓN

El presente Código Ético de MEROIL entra en vigor el día de hoy y se mantendrá vigente mientras no se apruebe su derogación.

Este Código está sujeto a revisión y actualización periódica

Código de conducta

1-Introducción

El presente Código de Conducta tiene como finalidad plasmar por escrito lo que MEROIL, S.A. espera de usted como su proveedor respecto al cumplimiento en materias diversas tales como prácticas comerciales, conflictos de intereses, derechos humanos, relaciones laborales y medioambiente.

2-Prácticas comerciales: cumplimiento de las leyes

Los Proveedores de MEROIL deben llevar a cabo sus actividades comerciales cumpliendo la legislación aplicable.

El Proveedor se asegurará de que sus subcontratistas o proveedores también cumplan, como mínimo, estas mismas Leyes.

2.1. Competencia

Los Proveedores de MEROIL deben cumplir con las leyes de competencia y antimonopolio, no pudiendo intercambiar información sensible con sus competidores.

2.2. Conflictos de interés

El personal de MEROIL actúa y adopta sus decisiones comerciales con el único y mejor interés de MEROIL. Los Proveedores deben informar a MEROIL si algún empleado de nuestra compañía tiene intereses que podrían causar un conflicto de interés.

Los Proveedores no deben tratar de influir en los intereses personales del personal de MEROIL o de cualquier persona relacionada con dicho personal.

2.3. Anti-soborno y corrupción

El Proveedor debe cumplir con todas las leyes anticorrupción aplicables en todas sus actividades comerciales. El personal de MEROIL no solicitará ni aceptará del Proveedor ninguna ventaja personal no justificada, del mismo modo que el Proveedor no debe ofrecer ninguna.

2.4. Protección de datos

El Proveedor debe cumplir con toda la legislación sobre protección de datos aplicable.

3-Protección de secretos comerciales

El Proveedor está obligado a mantener como confidencial todos los secretos comerciales y empresariales de MEROIL. Toda la información se considerará confidencial, siempre y cuando se designe como tal y con respecto a la cual se presuma que no es ni será de dominio público.

La obligación de mantener la confidencialidad existirá tanto durante el período de vigencia del contrato como después de su resolución.

4-Relaciones laborales. Responsabilidad social

MEROIL espera que los Proveedores cumplan las leyes internacionalmente reconocidas y aplicables en materia de derechos humanos.

4.1. Trabajo forzoso u obligatorio

El Proveedor deberá tomar las medidas necesarias para garantizar que no participa ni respalda el uso del trabajo

forzoso. Todo trabajo o servicio debe ofrecerse de forma voluntaria y sin coacción bajo la amenaza de una sanción. El Proveedor no debe incautar los documentos de identidad de los trabajadores.

4.2. Trabajo infantil

MEROIL no acepta el trabajo infantil y comparte el objetivo de abolir efectivamente el trabajo infantil, entendido como trabajo que es peligroso para la salud, la seguridad o la moralidad de los niños, o trabajo que interfiere con la educación obligatoria o para el cual los niños son simplemente demasiado jóvenes.

EL Proveedor no contratará a ningún menor que no haya finalizado la escolaridad mínima obligatoria y, en ningún caso, a ninguna persona menor de 15 años tal y como se prevé en el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

4.3. Lucha contra la discriminación

El Proveedor respetará el principio de igualdad de trato e igualdad de oportunidades en la contratación y empleo de trabajadores.

Ningún trabajador será discriminado por razón de sexo, religión, edad, raza, contexto social, casta, nacionalidad, origen étnico, pertenencia a una organización laboral, enfermedad o discapacidad, orientación sexual y opinión política o cualquier otra característica personal.

4.4. Seguridad y salud en el trabajo

El Proveedor se asegurará de que los trabajadores disponen de un entorno de trabajo seguro y saludable y será responsable de adoptar las precauciones y medidas de seguridad necesarias para prevenir accidentes, incendios y lesiones.

5-Medioambiente

MEROIL actúa en todo momento de manera responsable con el medioambiente y respeta la legislación aplicable.

MEROIL espera que sus proveedores actúen de la misma forma y requiere a los mismos que implemente medidas de mejora continua en relación con la protección del medioambiente.

6-Incumplimiento del presente Código

En el caso de incumplimiento de alguno de los principios del presente Código de Conducta, el Proveedor debe adoptar inmediatamente las medidas necesarias para remediar dicha situación.

MEROIL se reserva el derecho a finalizar las relaciones comerciales que mantenga con aquellos proveedores que de forma recurrente incumplan el presente Código de Conducta.

Este Código está sujeto a revisión y actualización periódica.